COMUNICADO
La Fundación para la Conservación y el Desarrollo del Sureste de Nicaragua, FUNDACION DEL RIO, fiel a sus principios ambientales y sociales que desde hace 24 años motivaron su conformación, hacen saber a la opinión pública local, nacional e internacional, que después de haber conocido la ruta para el mega proyecto de El Gran Canal Interoceánico y sus infraestructuras asociadas, consideramos:
1. Que la información sobre la ruta designada para la mega obra es incompleta y no brinda elementos suficientes sobre las afectaciones que el mega proyecto tendría sobre las áreas protegidas de importancia para el país y el Planeta como la Reserva de Biosfera Río San Juan, Reserva de Biosfera de Ometepe, el Lago de Nicaragua y el mismo Rio San Juan.
2. Que el mega proyecto de El Gran Canal Interoceánico, según la ruta definida, podría lesionar de manera irreversible los territorios y las poblaciones indígenas Rama y afro descendientes Kriol. Hasta la fecha estas comunidades no han sido consultadas sobre las decisiones que se están tomando sobre su territorio y han sido desconocidas sus demandas.
3. Que el desplazamiento forzado al que se verían expuestas las familias ubicadas en la ruta del Gran Canal generarán mayor presión por parte de colonos y ganaderos sobre las zonas núcleos de la Reservas de Biosfera Rio San Juan y Bosawas.
4. Que la desembocadura del río El Tule, en el lago de Nicaragua, forma parte de un humedal de importancia mundial, declarado en el año 2001 como sitio Ramsar 1140, Sistema de Humedales de San Miguelito y la construcción del Canal tendrían impactos irreversibles sobre estas áreas.
Según lo expresado consideramos que:
1. La construcción de la obra del Gran Canal Interoceánico no debe iniciarse sin tener los resultados de los estudios de impacto ambiental debidamente consultados y aprobados por las comunidades afectadas y la comunidad científica nacional.
2. Que MARENA tome en cuenta a la comunidad científica nacional en la elaboración de los términos de referencia del estudio de impacto ambiental de la obra del Gran Canal Interoceánico.
3. Que se debe cumplir con la realización de la consulta previa, libre e informada con las comunidades Rama – Kriol como lo establece el Convenio 169 de la OIT dado que el proyecto El Gran Canal Interoceánico atravesaría y partiría en dos el territorio Rama y Kriol.
4. Invitamos a las y los ciudadanos a participar de los procesos de presentación de la ruta del Gran Canal Interoceánico en los territorios, para plantear sus consideraciones y demandar sus derechos.
Dado en la ciudad de San Carlos a los 08 días del mes de julio del 2014.
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